El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) explicó cuáles son los Días de Fiesta y de Duelo Nacional correspondientes a diciembre de 2022 y del Año Nuevo.
Precisaron lo siguiente:
- Jueves 08 de diciembre de 2022 "Día de las Madres".
- Martes 20 de diciembre de 2022 "Conmemoración de los caídos del 20 de Diciembre de 1989", siendo un día de descanso obligatorio según la Ley N°291 del 31 de marzo del 2022.
- Domingo 25 de diciembre de 2022 "Navidad"; día de descanso obligatorio se traslada para el lunes 26 de diciembre de 2022.
- Domingo 1 de enero de 2023 "Año Nuevo"; el día de descanso obligatorio se traslada para el lunes 02 de enero de 2023.
Recordemos que en el Código de Trabajo se establece en el Artículo 49 cómo se debe pagar. La normativa especifica que “El trabajo en día de fiesta o duelo nacional se pagará con un recargo del 150 por ciento sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio del derecho del trabajador a que se le conceda como compensación cualquier otro día de descanso a la semana. El recargo del 150 por ciento incluye la remuneración del día de descanso”.